AGENCIA DE DETECTIVES PRIVADOS

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Abuso de los derechos sindicales

Los delegados sindicales en las empresas poseen una especial protección, y es por ello que en algunas ocasiones se consideran intocables.

Los delegados sindicales disponen de unas determinadas horas mensuales para ejercer sus funciones de forma autogestionada, por lo que queda fuera del control de la empresa. Se da en ocasiones la circunstancia que este crédito de horas se emplea para la realización de actividades de ámbito personal, siendo esto motivo de despido disciplinario.

Para que la empresa pueda despedir a un delegado sindical es necesario:

  • Acreditar el abuso o mal uso de la actividad sindical mediante informe de detective privado (El articulo 5 de la Ley 5/2014, de Seguridad Privada establece: "Los detectives privados prestaran de forma exclusiva y excluyente servicios de Investigación privada").
  • Utilización de las horas sindicales para uso personal de forma habitual y continuada.

Proceso de Contratación de nuestros servicios

Asesoramiento: En nuestros despachos le asesoraremos, de forma GRATUITA, de cual es la mejor forma de proceder en estos casos, analizando la información y planificando la estrategia a seguir para obtener el mejor y más rápido resultado posible.

Legitimidad: Para la Contratación de todos los servicios de Investigación privada se requiere tener un interés legítimo, justificado en estos casos acreditando ser trabajad@r de la empresa contratante.

Contratación: Se deberá formalizar un contrato de arrendamiento de servicios, así como aportar la máxima información de que disponga. Nuestras tarifas se adaptan a sus necesidades, debiendo realizar, como regla general, el pago de un 50% del total de la factura prevista en concepto de provisión de fondos.

Investigación

Inicio del servicio: Una vez cumplidos los requisitos descritos anteriormente, comenzaremos el servicio, realizando las actuaciones necesarias con la máxima discreción y reserva profesional y en el tiempo mínimo necesario requerido para la consecución del objetivo. En BURÓ DETECTIVES, siempre se trabaja en equipos de al menos dos detectives privados habilitados, reduciendo así al máximo los riesgos naturales del servicio.

Informe final: El resultado de nuestro trabajo se refleja en el denominado "informe de Investigación" y constará de:

  • Informe documental: descripción cronológica de los hechos observados en el que se incluirán las imágenes más representativas de la Investigación. Todos nuestros informes se entregarán con todas las garantías legales necesarias para su presentación antes juzgados y tribunales.
  • Archivo digital: Se adjuntará en soporte USB el archivo de video obtenido en el transcurso de la Investigación.

Ratificación ante juzgados y tribunales: En caso de que sea necesario, la ratificación de los contenidos de nuestros informes, así como pruebas testificales, documentales o gráficas como testigos cualificados/peritos y profesionales ampliamente reconocidos en juzgados y tribunales de justicia, suelen ser base determinante en las resoluciones que se dictan a favor de nuestros clientes.

Todo ello recogido, tanto en la normativa reguladora propia (Ley 5/2014 de 4 de Abril de 2014), como en la Jurisprudencia Española*.

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